
1. ¿Quiénes pueden tributar en el Régimen Simplificado de Confianza para Personas Físicas?
R. Aquellos contribuyentes que:
- Realicen actividades únicamente empresariales: actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.
- Presten únicamente servicios profesionales: servicio personal independiente prestado a empresas, dependencias de gobierno o personas físicas.
- Otorguen el uso o goce temporal de bienes inmuebles: provenientes del arrendamiento o subarrendamiento y en general por otorgar un título oneroso el uso o goce temporal de bienes inmuebles, en cualquier otra forma.
Siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades que realicen, obtenidas en el ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido la cantidad de $3,500,000 pesos y cumplan con todos los requisitos y obligaciones sujetas al régimen.
2. ¿Quiénes no pueden tributar conforme al RESICO?
R. Aquellos contribuyentes:
- Integrantes de personas morales o cuando sean partes relacionadas en los términos del artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Residentes en el extranjero que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país.
- Cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
- Cuando perciban los ingresos a que se refieren a las fracciones III (Honorarios a consejeros, Comisarios), IV (Honorarios por servicios que se presten preponderantemente a un prestatario). V (Honorarios que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales) y VI (Ingresos que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales) del artículo 94 de la misma Ley del Impuesto sobre la Renta relativa a aquellos que se asimilan a salarios.
3. ¿Cuándo entra en vigor el nuevo Régimen Simplificado de Confianza para Personas Físicas y cuándo es la fecha límite para realizar el cambio?
R. Entró en vigor el 1er de enero de 2022 y la fecha límite para hacer el cambio fue el 31 de enero del 2022.
4. Si una persona física con actividad empresarial se cambió a RESICO el 03 de febrero, ¿habrá algún problema por el hecho de que la fecha límite para este cambio fue el 31 de enero?
R. Si el sistema lo permitió y tu constancia de situación fiscal ya aparece como RESICO, no debería de haber problema.
5. Si soy persona física y soy asalariado y quiero dar de alta la actividad de arrendamiento, ¿ahora debo de ser RESICO?
R. No necesariamente. El régimen de RESICO es optativo para las PF. Si estás dentro de los supuestos y te conviene tributar conforme a este régimen, puedes hacerlo.
6. ¿Qué pasa con el IVA de mis compras y gastos si estoy en el RESICO? ¿me lo puedo acreditar?
R. Por Regla General, no.
7. ¿Si una persona física del sector primario (AGAPES) está en RESICO y no rebasa los $900,000 de facturación, presentaría pagos provisionales mensuales o solamente la declaración anual?
R. Solo la declaración anual.
8. Y si rebasa los $900,000, ¿en qué régimen tributarían las AGAPES?
R. Hasta $900mil, están exentos del pago de cualquier impuesto. Hasta $3.5 millones pueden pertenecer a RESICO.
9. Si soy persona física en régimen profesional y me cambiaron en automático a RESICO ¿Cómo puedo salirme de este régimen?
R. Debes solicitar una aclaración a la autoridad.
10. Para la deducción de impuestos de facturas emitidas solo se tomarán en cuenta las que se pagan bancariamente, entonces ¿las que me pagan en efectivo no se van a poder deducir?
R. Correcto. Hasta que la autoridad no aclare esta situación, todo lo que se desea deducir em RESICO debe estar bancarizado.
11. Una persona moral que el SAT cambió en automático al RESICO, pero sus facturas estaban en el Régimen General de ley, ¿tiene que cancelar sus facturas y hacerlas como RESICO?
R. Si
En Grupo Sierras entendemos que todavía existe mucha incertidumbre respecto al nuevo Régimen Simplificado de Confianza. Motivo por el cuál nos dimos a la tarea de compartir esta breve sección con las preguntas más frecuentes que hemos recibido. Y por supuesto, estamos a tus órdenes para aclarar cualquier duda a través de nuestros diferentes canales de comunicación y redes sociales.

Ingeniero Industrial egresado del Instituto Tecnológico de Querétaro. Con cuatro años de experiencia en la gestión de proyectos, así como en el desarrollo de procesos orientados a la mejora continua. Apasionado por la gestión de recursos y servicio al cliente al más alto nivel de exigencia.