Cierre de operaciones de carga en el AICM

Cierre de operaciones de carga en el AICM

El Gobierno federal alista un decreto presidencial para cerrar el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) a las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga.

El anteproyecto enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), puntualizó que quedarán exceptuados quienes presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros.

Aunque no se menciona en el documento, el gobierno mexicano pretende llevar estas operaciones de carga aérea al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), una acción que ha sido criticada ante los bajos niveles de operación que se han presentado en el recinto aeroportuario a casi un año de su inauguración.

Situación alarmante considerando que hasta hoy no se tiene registro público de certificación, ni datos oficiales de reglas de operación de este aeropuerto que ya ha sido llamado “internacional”, sin que sepamos si cumple con los requisitos establecidos de acuerdo con estándares mundiales.

Los aeropuertos no se pueden auto certificar y mucho menos si su autoridad se encuentra descertificada fuera de la categoría 1.

Tampoco pueden ser certificados por decreto y esta certificación es un proceso mediante el cual el estado contratante (como lo es México) debe reunir una serie de requisitos que aplican para todos los países miembros de OACI y en este sentido la autoridad aeronáutica mexicana deberá demostrar que el aeropuerto cumple con los requerimientos de seguridad de manera continua, aportando todo tipo de pruebas incluyendo documentales de que dispone de instalaciones y servicios de navegación aérea de acuerdo a las normas y métodos recomendados (SARPS) de OACI  en los artículos 28 y 37 del Convenio de Chicago.

Debe demostrar también que proporciona condiciones uniformes para la operación de todas las aeronaves de cualquier país del mundo de acuerdo con el artículo 15 del mismo convenio. Desde luego, todo el personal del aeropuerto en sus diferentes áreas debe contar con la suficiente experiencia y entrenamiento para el desempeño de sus funciones

De acuerdo con lo anterior, la verificación de un aeropuerto es la forma que tiene el gobierno de un país contratante de OACI de garantizar en todo momento mediante procesos ya reglamentados, el cumplimiento de los estándares de seguridad operacional exigidos para la aviación civil internacional.

Si bien es cierto que el AICM está saturado tanto en espacio aéreo, como en la capacidad de los edificios terminales, trasladar todas las operaciones de carga hacia una nueva red aeroportuaria no es poca cosa. No solo porque las operaciones de carga afectan la capacidad de operación e infraestructura de la nueva terminal, sino porque se debe buscar salvaguardar la seguridad de las operaciones aéreas, y la integridad de los usuarios que la utilicen en todo momento.

De acuerdo con el documento presentado, los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, cuentan con un plazo máximo de 90 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del decreto, para reubicar sus operaciones fuera del AICM.

Esto a pesar de que el nuevo aeropuerto ha afrontado cuestionamientos de especialistas en seguridad por riesgos al compartir el espacio aéreo con el AICM y el Aeropuerto de la ciudad de Toluca.

En fin, debemos recordar que la verificación de un aeropuerto debe llevarse a cabo de acuerdo a una reglamentación que incluye disposiciones internacionales necesarias para la verificación obligatoria de todas las categorías de aeródromos de acuerdo a criterios establecidos, el procedimiento de certificación, los deberes y responsabilidades del explotador del aeropuerto, las auditorías de seguridad operacional e inspecciones, así como la imposición de sanciones cuando se contravengan o no se cumplan las disposiciones de los reglamentos.

Te invitamos a seguirnos en nuestro blog y redes sociales para continuar recibiendo contenido actualizado sobre este y otros temas relevantes que acontecen en nuestro país y en el mundo.

Related posts

You must be logged in to post a comment.

Contamos con oficinas en

CDMX, Querétaro y Manzanillo, Riviera Maya.